Aunque ambos conceptos están relacionados con la digitalización de la facturación, no son lo mismo.
VeriFactu regula cómo deben funcionar los sistemas informáticos que generan facturas y registros de facturación. La factura electrónica, en cambio, se refiere al formato y al intercambio electrónico de facturas entre empresas y profesionales.
Por eso es importante elegir un software TPV que esté preparado para el cumplimiento fiscal y que, además, pueda acompañar la evolución digital del negocio.
¿Qué es Verifactu y por qué afecta a tu negocio de hostelería?
Verifactu es el reglamento que regula cómo deben funcionar los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) en España. Nace del Real Decreto 1007/2023, desarrollado dentro de la conocida como Ley Antifraude, y obliga a que cualquier software con el que factures —desde un TPV de restaurante hasta un programa de gestión de reservas— garantice la integridad, la trazabilidad y la inalterabilidad de cada factura emitida.
En la práctica, esto significa que cada ticket o factura debe generar un registro electrónico firmado digitalmente (hash), encadenado al anterior, e incorporar un código QR junto con la mención «VERI*FACTU» cuando el sistema remite los datos de forma inmediata a la Agencia Tributaria. Así, tanto Hacienda como tus propios clientes pueden verificar la autenticidad de cualquier factura escaneando el código.
Es importante tener clara la diferencia entre el reglamento Verifactu (obligatorio para todo software de facturación) y la modalidad VERI*FACTU (el envío inmediato y automático a la AEAT). Existe también la modalidad no Verifactu», que exime del envío en tiempo real pero exige controles internos de conservación igual de estrictos. Un TPV como Tamus, que trabaja en modalidad VERI*FACTU, te libera de esa carga: no tienes que custodiar ni justificar nada manualmente, porque el propio sistema ya lo hace por ti.
¿Cuándo es obligatorio Verifactu? Tras el aplazamiento aprobado por el Real Decreto-ley 15/2025, las fechas oficiales son:
- 1 de enero de 2027, para empresas y sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027, para autónomos, pymes y el resto de obligados tributarios.
Aunque el plazo se haya ampliado, en Tamus recomendamos no esperar al último momento: adoptar un TPV ya adaptado te permite empezar a operar con seguridad legal desde ya, evitar prisas de última hora y beneficiarte desde hoy de un sistema de facturación más fiable y sin errores manuales.


